- Dar aviso del siniestro a nuestro Call Center en Bogotá 4235757 opción 2, Línea Nacional 01 8000 51 2620 o #247 desde su celular, donde le indicaremos el taller al que pueden llevar el vehículo.
- El conductor del vehículo accidentado deberá ingresar el vehículo al taller asignado dentro de las 48 horas siguientes, presentando: copia de la Tarjeta de propiedad (El titular de este documento deberá ser la misma persona que figure como asegurado) (*) Informe de Tránsito y Croquis (si lo hay).
- Si el vehículo sufrió tal afectación que no permite el desplazamiento por sus propios medios, podrá solicitar el servicio de grúa a través de la Línea de servicio al cliente 4235757 opción 2 en la Línea Nacional 018000512620 o #247 desde su celular.
- Si el reclamo involucra a vehículos terceros, indíqueles la dirección de nuestras oficinas para que se acerquen con el vehículo afectado a presentar su reclamación. Of. Principal Bogotá Calle 80 No. 12 A 44 Teléfono: 6103016 o cualquiera de las sucursales en las diferentes ciudades.
- Si el reclamo es por Hurto del vehículo o sus partes, además de los documentos señalados anteriormente, deberán presentar copia de la denuncia.
(*) Cuando la Tarjeta de Propiedad figure a nombre de una persona diferente al Asegurado, no se podrá continuar con el estudio del reclamo hasta tanto no se demuestre el Interés Asegurable, ya que esta es una causal de objeción del siniestro.
SEGUROS COLPATRIA S.A. dispone del servicio de un Abogado en Colombia, para que acompañe a los Asegurados a las Audiencias de Conciliación, sin ningún costo, a través de La Línea de servicio al cliente.
Para utilizar este servicio deberá llamar a la Línea de servicio al cliente 4235757 opción 2, o la Línea Nacional 01 8000 51 2620 o desde su celular marcando #247 e indicar la fecha de la audiencias con no menos de tres días de antelación a la fecha de citación, indicándonos:
- Número de Expediente
- Fecha y hora de la audiencia
No obstante lo anterior, es obligación del Asegurado asistir a todas y cada una de las citaciones que realice la autoridad competente.
Cabe aclarar que este servicio opera únicamente ante Centros de Conciliación cuando no se presentan lesionados; en caso de accidente con lesionados, los honorarios de abogados, serán cubiertos por reembolso, de acuerdo con los valores contratados en la póliza, bajo el amparo de Asistencia Jurídica en Proceso Penal; es decir, el Asegurado será el encargado de nombrar su abogado de confianza, quien deberá presentar informes mensuales del avance del proceso a SEGUROS COLPATRIA S.A., o si lo desea con su aprobación se autorizará los abogados penalistas adscritos a la Compañía.
Una vez inspeccionado el vehículo afectado, de forma inmediata el taller iniciará la reparación del vehículo, excepto en los casos en que la afectación del vehículo sea de tal magnitud que se requiera realizar un estudio previo para determinar si se trata de una Pérdida Total , caso en el cual el vehículo se dejará en los talleres autorizados.
- Las autorizaciones de reparaciones contemplarán única y exclusivamente las partes y piezas afectadas con el siniestro avisado y no se contemplarán otros daños que no correspondan al mismo evento o que correspondan a mantenimiento del vehículo.
- Reparaciones en concesionarios u otros talleres o proveedores no autorizados por Seguros Colpatria S.A
- SEGUROS COLPATRIA autorizará la reparación de los vehículos accidentados únicamente en los talleres de confianza de la Compañía. Se autorizará concesionario para los modelos del último año o del año inmediatamente anterior, que se encuentren en garantía.
- Cuando el asegurado solicite un taller diferente o concesionario, Colpatria le ofrecerá la opción de Pago Directo, por escrito, tomando como valor de la reparación la suma que le constaría a la aseguradora si este se reparara en uno de nuestros talleres, con los precios y descuentos que tenemos pactados con nuestros proveedores, con aplicación del correspondiente deducible; en este caso la responsabilidad de la reparación recaerá directamente en nuestro Asegurado y no se reconocerán imprevistos y/o garantía.
- El pago se efectuará así: 50% al inicio de la reparación y el 50% restante, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la presentación del vehículo debidamente reparado.